CINCUENTA ANIVERSARIO DEL CONVENTO
DE BAÑOS DE LA ENCINA
DE BAÑOS DE LA ENCINA
PRIMROS PASOS FIRMES
Habiendo fracasado el asunto del Préstamo, con la Caja de Ronda, el propio Ayuntamiento asume el gasto con un Presupuesto Extraordinario. Es interesante el siguiente documento
En el Libro de Actas del Excmo. Ayuntamiento de la M. I. y Mariana Villa, de Baños de la Encina (Jaén) aparece la del día 13 de febrero de 1960, en la que figura el particular que literalmente copiado dice:
El Alcalde: Juan Muñoz-Cobo |
“PROYECTO DE ADAPTACION Y REFORMA DEL ANEXO DEL LADO ESTE DEL SANTUARIO DE NTRO. PADE JESUS DEL LLANO, PARA CONVENTO DE LAS HERMANAS APOSTOLICAS DE CRISTO CRUCIFICADO.- La presidencia hizo saber a los reunidos que con motivo de la reunión confidencial que se celebró en el mes de junio del pasado año (sin que ésta de momento fuese transcrita) y en la que se trató del proyecto a que se alude en este encabezamiento y para el cual se autorizó a hacer las debidas gestiones a esta presidencia y habiéndolas verificado en parte, pone en consideración del pleno, los hechos siguientes:-
Es evidente que según la vigente ley de Educación Primaria, faltan escuelas en el casco urbano de esta villa, toda vez que considerando una escuela por cada 250 habitantes, teniendo la población 4.500, harían falta 16 Escuelas, en lugar de las 9 existentes.-
Grupo Escolar Nº Padre Jesús del Llano |
Pero atendiendo a la formación y religiosa a la vez que a la puramente humana, hay un medio de solucionar la deficiencia antes apuntada, creando un Centro de formación religiosa, atendido por Hermanas Apostólicas de Cristo Crucificado, que además de poder sostener dos o tres escuelas, darían culto y cuidado al santuario de Nuestro Padre Jesús del Llano y hasta podrían, como en otros lugares donde se han establecido estas Religiosas (Cabra del Santo Cristo, en esta provincia) tener un pequeño dispensario para atender necesidades sanitarias de los mas necesitados.-
La construcción de 2 ó 3 escuelas, ya supondría unos gastos considerables al Municipio y llegaría el día en que habría que afrontarse por exigencia de la Ley. De esta forma como las Escuelas están construidas en el Santuario, habría que hacer unas obras en el mismo para vivienda de las religiosas y en consecuencia fue encargado de redactar el proyecto, Presupuesto y Memoria al arquitecto Don Ramón Pajares Pardo, designado por el Sr. Obispo de la Diócesis, que tiene como el exponente interés decidido en esta fundación, conocedor de antemano de los beneficios de todo orden que puede acarrear.
También nuestra primera Autoridad Eclesiástica Diocesana, está en la mejor disposición para mandar un Sacerdote Coadjutor a esta parroquia, que llevaría además la Capellanía del Colegio, y la atención espiritual de la barriada del Santo Cristo, tan necesitada en este aspecto.
Para ponderar La legalidad y efectividad, es preciso que además de los documentos ya confeccionados por el arquitecto Sr. Pajares Pardo, se confeccione el pliego de condiciones facultativas y técnicas, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 13 y 23 del reglamento de Contratación.
Por todo lo expuesto, pido a la Excma. Corporación Municipal, apruebe en un todo, esta idea tan beneficiosa y haciéndola suya disponga la redacción del pliego de condiciones por el técnico antes mencionado, para en su consecuencia y una ves que obre todo ello en poder de la Corporación, sea aprobado por la misma según determina el artículo 312 de la Ley de Régimen Local, exponiéndolo al público a efectos determinados por la Ley y si contra ello no se presentase reclamación alguna, proceder sin dilación a la confección del correspondiente Presupuesto extraordinario para sacar las obras a subasta y empezarlas en el menor plazo posible para ver de conseguir que en el próximo otoño pueda empezar a funcionar el Colegio, a cargo de las Religiosas, en El Santo Cristo, en beneficio de la formación humana, moral y religiosa de las clases más humildes de esta Villa.
Salón de Plenos del Ayunbtamiento |
La Corporación por unanimidad aprueba en un todo la exposición que antecede y en su consecuencia autoriza a la presidencia para llevar a efecto todos los trámites necesarios para la consecución del presente asunto”.
Y para que conste y surta los efectos oportunos expido la presente certificación, que firmo y sello con el Vº Bº del Sr. Alcalde-Presidente, en Baños de la Encina a doce de marzo de mil novecientos sesenta. Vº Bº El Alcalde (firmado y rubricado).
DMC